En México, después de los sismos
del 1985 se crea la Comisión Nacional de Reconstrucción que tiene como objetivo
la atención de los daños ocasionados por los sismos; en el mes de abril se
expide el decreto: "Bases para el Establecimiento del Sistema Nacional de
Protección Civil (SINAPROC)", El Sistema Nacional de Protección Civil se
define como:
Organización jurídicamente
establecida mediante el Decreto Presidencial de fecha 06 de mayo de 1986,
concebido como un conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones
funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y
entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos
grupos sociales y privados y con las autoridades de los estados y municipios, a
fin de efectuar acciones de común acuerdo destinadas a la protección de los
ciudadanos contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de
un desastre; siendo el órgano rector la Secretaría de Gobernación, a través de
la Subsecretaría de Prevención y Readaptación Social, misma que en 1997 se
divide, creándose la Coordinación Nacional de Protección Civil, de la que
depende la Dirección General de Protección Civil y el Centro Nacional de
Prevención de Desastres, órgano desconcentrado dedicado a la investigación y
capacitación en la materia, tanto para México como para Centroamérica, el cual
se crea por Decreto Oficial en 1988.
Según define la Organización
Internacional de Protección Civil, la protección civil es el sistema por el que
cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier
tipo de catástrofe (desastre) o accidente relacionado con esto, así como la
salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente.
Y de acuerdo a la Ley de
protección Civil del estado de Campeche, que a la letra dice:
Capítulo II
Artículo 58,
Apartado VI: Para el Fomento de la
Cultura de Protección Civil y Gestión de Riesgos, las autoridades, dentro de sus respectivos
ámbitos de competencia, deberán implementar los planes de seguridad escolar en
el sistema educativo estatal.
Capítulo III:
Artículo 60: Las Dependencias y
Entidades del Sector Público Federal ubicadas dentro del Territorio del
Estado, asi como del Sector Público
Estatal y Municipal, los propietarios o poseedores de fábricas, industrias,
comercios, oficinas, unidades habitacionales, Centros Educativos, hospitales, etc. que manejen o almacenen
sustancias peligrosas y los inmuebles
que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones
masivas, deberán contar con una Unidad
Interna que implementará el Programa correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, su
reglamento, los lineamientos de los programas estatal y municipales y lo
establecido por los centros estatal y municipales de emergencias.
Art. 61: Todos los inmuebles que se
mencionan en el artículo anterior de esta Ley, deberán contar con salidas de
emergencia y en el caso de los inmuebles de dos o mas niveles, deberán contar
con escaleras de emergencia; a su vez, los propietarios o poseedores de dichas
edificaciones, deberán colocar en sitios
visibles, equipos de seguridad, señales informativas, preventivas, restrictivas
y de obligación, conforme a las normas
oficiales mexicanas y tratados internacionales, luces de emergencia,
instructivos y manuales para situaciones de emergencia, los cuales consignarán
las reglas y orientaciones que deberán observarse en caso de una emergencia y
señalarán las zonas de seguridad.
Toda omisión a las disposiciones señaladas en el párrafo que antecede,
se sancionará conforme a lo previsto en esta Ley y su Reglamento.
Por tal motivo, hago del conocimiento
de ustedes que del 14 al 19 de Septiembre del año en curso se conmemora la
Semana Nacional de la Protección Civil, considerando que las escuelas de
Educación Básica del Estado cuentan con sus Comités Internos de Protección
Civil y Emergencia Escolar, me permito exhórtalos para que durante esta semana
o cualquier día del mes de Septiembre, realicen alguna actividad relacionada con la protección
Civil como: Simulacros de Repliegue, simulacros de Evacuación por Combate de
Incendios, por inundaciones, en los homenajes dar un mensaje alusivo a la
protección Civil o ponerlo en el periódico Mural así como difundir la canción
del Sistema de Alerta Temprana para Niños (El SIATPANI), etc.
Es necesario que turnen a este Departamento de Seguridad y Emergencia Escolar (Teléfono: 12 73350, Ext. 41166) evidencias
fotográficas de las acciones que realicen, a través de los correos que a
continuación anexo: dseeseduc@hotmail.com o balti30@hotmail.com
San
Francisco de Campeche, Camp; a 8 de Septiembre de 2015
CENECAMSIATPANI
SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA
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