miércoles, 16 de septiembre de 2015

CENECAMSIATPANI

En México, después de los sismos del 1985 se crea la Comisión Nacional de Reconstrucción que tiene como objetivo la atención de los daños ocasionados por los sismos; en el mes de abril se expide el decreto: "Bases para el Establecimiento del Sistema Nacional de Protección Civil (SINAPROC)", El Sistema Nacional de Protección Civil se define como:
Organización jurídicamente establecida mediante el Decreto Presidencial de fecha 06 de mayo de 1986, concebido como un conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos y procedimientos que establecen las dependencias y entidades del sector público entre sí, con las organizaciones de los diversos grupos sociales y privados y con las autoridades de los estados y municipios, a fin de efectuar acciones de común acuerdo destinadas a la protección de los ciudadanos contra los peligros y riesgos que se presentan en la eventualidad de un desastre; siendo el órgano rector la Secretaría de Gobernación, a través de la Subsecretaría de Prevención y Readaptación Social, misma que en 1997 se divide, creándose la Coordinación Nacional de Protección Civil, de la que depende la Dirección General de Protección Civil y el Centro Nacional de Prevención de Desastres, órgano desconcentrado dedicado a la investigación y capacitación en la materia, tanto para México como para Centroamérica, el cual se crea por Decreto Oficial en 1988.
Según define la Organización Internacional de Protección Civil, la protección civil es el sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de catástrofe (desastre) o accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente.

Y de acuerdo a la Ley de protección Civil del estado de Campeche, que a la letra dice:
Capítulo II
Artículo 58,
Apartado VI: Para el Fomento de la Cultura de Protección Civil y Gestión de Riesgos,  las autoridades, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia, deberán implementar los planes de seguridad escolar en el sistema educativo estatal.

Capítulo III:
Artículo 60: Las Dependencias y Entidades del Sector Público Federal ubicadas dentro del Territorio del Estado,  asi como del Sector Público Estatal y Municipal, los propietarios o poseedores de fábricas, industrias, comercios, oficinas, unidades habitacionales, Centros Educativos, hospitales, etc. que manejen o almacenen sustancias peligrosas  y los inmuebles que por su uso y destino reciban afluencia de personas o concentraciones masivas, deberán contar con una Unidad Interna que implementará el Programa correspondiente, de  conformidad con lo dispuesto en esta Ley, su reglamento, los lineamientos de los programas estatal y municipales y lo establecido por los centros estatal y municipales de emergencias.

Art. 61: Todos los inmuebles que se mencionan en el artículo anterior de esta Ley, deberán contar con salidas de emergencia y en el caso de los inmuebles de dos o mas niveles, deberán contar con escaleras de emergencia; a su vez, los propietarios o poseedores de dichas edificaciones,  deberán colocar en sitios visibles, equipos de seguridad, señales informativas, preventivas, restrictivas y de obligación,  conforme a las normas oficiales mexicanas y tratados internacionales, luces de emergencia, instructivos y manuales para situaciones de emergencia, los cuales consignarán las reglas y orientaciones que deberán observarse en caso de una emergencia y señalarán las zonas de seguridad.

Toda omisión a las disposiciones señaladas en el párrafo que antecede, se sancionará conforme a lo previsto en esta Ley y su Reglamento.
Por tal motivo, hago del conocimiento de ustedes que del 14 al 19 de Septiembre del año en curso se conmemora la Semana Nacional de la Protección Civil, considerando que las escuelas de Educación Básica del Estado cuentan con sus Comités Internos de Protección Civil y Emergencia Escolar, me permito exhórtalos para que durante esta semana o cualquier día del mes de Septiembre, realicen  alguna actividad relacionada con la protección Civil como: Simulacros de Repliegue, simulacros de Evacuación por Combate de Incendios, por inundaciones, en los homenajes dar un mensaje alusivo a la protección Civil o ponerlo en el periódico Mural así como difundir la canción del Sistema de Alerta Temprana para Niños (El SIATPANI), etc.

Es necesario que turnen a este Departamento de Seguridad y Emergencia Escolar (Teléfono: 12 73350, Ext. 41166) evidencias fotográficas de las acciones que realicen, a través de los correos que a continuación  anexo: dseeseduc@hotmail.com o balti30@hotmail.com

San Francisco de Campeche, Camp; a 8 de Septiembre de 2015

CENECAMSIATPANI

SISTEMA DE ALERTA TEMPRANA

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