El 20 de septiembre
del 2013, la Secretaría de Educación Pública emitió el Acuerdo Secretarial 696,
por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación,
promoción y certificación en la educación básica.
Conoce el Acuerdo:
Conoce el Acuerdo:
¿Qué establece el
acuerdo 696?
El 20 de septiembre del 2013, la Secretaría de
Educación Pública emitió el Acuerdo Secretarial 696, por el que se
establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y
certificación en la educación básica.
Una innovación del Acuerdo consiste en la introducción de un examen final, que será aplicado a alumnos desde tercero de primaria al tercero de secundaria, y que será elaborado por los Consejos Técnico Escolar, el Técnico de Zona o por la autoridad educativa local. Dicho examen se hará con preguntas abiertas que muestren los aprendizajes más relevantes de los alumnos, respecto a la totalidad de las asignaturas cursadas.
Se
establece para el ciclo escolar 2013-2014 el uso del Reporte de
Evaluación, documento que avale oficialmente la acreditación parcial o
total de cada grado de la educación básica. En él se podrá conocer, además de
las calificaciones bimestrales, la evaluación que realice el docente respecto a
las herramientas fundamentales de escritura, lectura y matemáticas, así como un
informe para el caso de que el alumno necesite apoyos adicionales fuera del
horario escolar.
Para la educación preescolar la evaluación del desempeño del alumno será exclusivamente cualitativa, por lo que el docente, en apego al programa de estudio y con base en las evidencias reunidas, registrará en el Reporte de Evaluación sus recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus hijos o pupilos.
Para la educación preescolar la evaluación del desempeño del alumno será exclusivamente cualitativa, por lo que el docente, en apego al programa de estudio y con base en las evidencias reunidas, registrará en el Reporte de Evaluación sus recomendaciones para que los padres de familia o tutores contribuyan a mejorar el desempeño de sus hijos o pupilos.
Primaria y
secundaria se calificarán de manera cuantitativa en una escala del
calificaciones de 5 a 10. No se utilizarán letras o niveles de
desempeño.
Todo el
preescolar y en el primero de primaria se acreditarán por el hecho de haber
cursado el grado. Segundo y tercero de primaria, se acreditarán al obtener un
promedio final de 6.0; el resto de los grados escolares de básica obteniendo un
promedio final mínimo de 6.0 en cada asignatura.
Asimismo, en el Acuerdo se establecen diversas disposiciones de acreditación y promoción, de conformidad con cada grado y nivel educativo, que si bien permiten la repetición de grado cuando ésta se requiera y así se decida por el docente, introducen la posibilidad de adoptar medidas preventivas y acciones compensatorias que disminuyan los riesgos de repetición de grado y abandono escolar, especialmente en la escuela secundaria.
Asimismo, en el Acuerdo se establecen diversas disposiciones de acreditación y promoción, de conformidad con cada grado y nivel educativo, que si bien permiten la repetición de grado cuando ésta se requiera y así se decida por el docente, introducen la posibilidad de adoptar medidas preventivas y acciones compensatorias que disminuyan los riesgos de repetición de grado y abandono escolar, especialmente en la escuela secundaria.
Al concluir
los estudios de educación primaria y secundaria, de conformidad con los
requisitos establecidos en el plan y los programas de estudio, la autoridad
educativa competente expedirá el Certificado de Educación Primaria o
el Certificado de Educación Secundaria, según corresponda.
Normas Generales aplicables en el ciclo escolar 2013-2014
Normas Generales aplicables en el ciclo escolar 2013-2014
PERIODOS DE REGISTRO Y COMUNICACIÓN
Educación Preescolar
En la educación
preescolar, los periodos de registro y de comunicación de los resultados de la
evaluación que realizan los docentes en el aula, se realizarán de acuerdo a lo
siguiente:
MOMENTO DE REGISTRO
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PERIODO DE EVALUACIÓN
|
COMUNICACIÓN DE LOS RESULTADOS DE
LA EVALUACIÓN
|
Noviembre
|
Del inicio del ciclo escolar al mes de noviembre.
|
Antes de que concluya el mes de noviembre.
|
Marzo
|
De diciembre a marzo de cada ciclo escolar.
|
Antes de que concluya el mes de marzo.
|
Julio
|
De abril a julio de cada ciclo escolar.
|
Durante los últimos cinco días hábiles del ciclo escolar
correspondiente..
|
Educación Primaria y Secundaria
El registro de la
información en el Reporte de Evaluación para comunicar a los padres de familia
o tutores sobre los resultados de la evaluación y apoyos que requieren sus
hijos o pupilos, se realizará de conformidad a lo siguiente:
BIMESTRE
|
PERIODO DE EVALUACIÓN
|
REGISTRO Y COMUNICACIÓN DE LOS
RESULTADOS
DE LA EVALUACIÓN |
I
|
Del inicio del ciclo escolar al mes de octubre.
|
Antes de que concluya el mes de octubre.
|
II
|
De noviembre a diciembre de cada ciclo escolar.
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Antes de que inicie el periodo de vacaciones
|
III
|
De enero a febrero de cada ciclo escolar.
|
Antes de que concluya el mes de febrero.
|
IV
|
De marzo a abril de cada ciclo escolar.
|
Antes de que concluya el mes de abril.
|
V
|
De mayo al fin del ciclo escolar.
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Las calificaciones se deben asignar y comunicar durante los últimos
cinco días hábiles del ciclo escolar correspondiente.
|
El conocimiento de los resultados parciales por parte de los padres de familia o tutores no limita su derecho a informarse sobre el aprovechamiento escolar de sus hijos o pupilos en cualquier momento del ciclo escolar.
HERRAMIENTAS FUNDAMENTALES PARA EL APRENDIZAJE
El docente hará un
informe de cada uno de sus alumnos respecto al dominio de las herramientas
fundamentales para el aprendizaje, esto es, en escritura, lectura o
matemáticas.
El docente indicará
si el alumno necesita apoyo fuera del horario escolar en estas herramientas
fundamentales para el aprendizaje, para que juntos, la escuela y la familia,
realicen las acciones de acompañamiento que le permitan al alumno avanzar al
nivel de sus compañeros de grupo.
EXAMEN FINAL
En los grados de 3º
de primaria a 3º de secundaria se aplicará un examen final que servirá para
calificar el quinto bimestre.
El examen deberá
aplicarse diez días hábiles antes de la terminación del ciclo escolar en el
caso de primaria, y quince días hábiles antes de la terminación del ciclo
escolar en el caso de secundaria.
El examen podrá elaborarse por el Consejo Técnico Escolar, por el Consejo Técnico de Zona o por la autoridad educativa local.
El examen podrá elaborarse por el Consejo Técnico Escolar, por el Consejo Técnico de Zona o por la autoridad educativa local.
El examen se
elaborará con preguntas abiertas que muestren los aprendizajes más relevantes
de los alumnos, respecto a la totalidad de las asignaturas cursadas.
La calificación del
examen final, el promedio de grado y, en su caso, el promedio de nivel
educativo, serán entregadas por los docentes a la Dirección de la escuela y
comunicadas a los padres de familia o tutores, a más tardar el último día del
ciclo escolar.
EVALUACIÓN PARA LA COMPRENSIÓN
LECTORA
La lectura es una
práctica cultural que consiste, principalmente, en interrogar activamente a un
texto para construir su significado, con base en las experiencias y
conocimientos previos que el lector tiene sobre el tipo textual, su contenido y
el mundo en que habita. Desde esta perspectiva, leer es también comunicarse,
entablar un diálogo con un autor, su tiempo, su contexto y sus ideas, sea el
tipo de texto que sea. Leer y comprender lo que se lee es una herramienta
fundamental para la vida y para el estudio. El propósito es lograr que las
personas (niños, jóvenes y adultos) conciban y experimenten el acto de leer
como parte fundamental de la vida, que hace posible aprender, informarse,
divertirse, imaginar, etcétera
Para mayor
información, puede consultar el siguiente documento
NORMAS DE CONTROL ESCOLAR
Las Normas de
Control Escolar Relativas a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación,
Promoción, Regularización y Certificación en la Educación Básica para el ciclo
escolar 2013-2014, tienen como objeto regular los procedimientos afines al
control escolar que faciliten el acceso, permanencia y tránsito de los alumnos
en el Sistema Educativo Nacional.
Las Normas para este ciclo escolar, se encuentran en proceso de elaboración y aprobación, puedes consultar en el siguiente documento:
Las Normas para este ciclo escolar, se encuentran en proceso de elaboración y aprobación, puedes consultar en el siguiente documento:
Se presentan ligas que permitirán acceder y descargar los documentos que se mencionan.
Los formatos de REPORTES DE EVALUACIÓN
PREESCOLAR
PRIMARIA GENERAL
PRIMARIA INDIGENA
SECUNDARIA
INSTRUCTIVOS DE LLENADO
JUSTIFICACION
MATERIAL DE DIFUSIÓN
FORMATOS ANTERIORES
CATÁLOGO NACIONAL DE FORMATOS DE
CERTIFICACIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA EMITIDOS POR LAS ENTIDADES FEDERATIVAS
La Secretaría de Educación Pública como instancia garante del derecho a
la educación que el Artículo Tercero de nuestra Carta Magna otorga a todos los
individuos de esta nación, en el marco del Programa Sectorial de Educación
2007-2012, ha implementado de manera conjunta con las secretarías e institutos
de educación de las entidades federativas que disponen de sistemas
automatizados de control escolar consolidados, el uso de formatos electrónicos
de boletas de evaluación, con el propósito de garantizar que las niñas, niños y
jóvenes en edad de cursar la educación básica dispongan oportunamente de la
documentación oficial que compruebe los cursos que realicen dentro del sistema
educativo nacional, permitiéndoles con ello su libre tránsito a nivel nacional
así como la certeza jurídica correspondiente.
Por lo anterior, la Dirección General de Acreditación, Incorporación y
Revalidación a partir del ciclo escolar 2008-2009, pone a su disposición el Catalogó Nacional de Formatos de Certificación de Educación Básica
emitidos por las Entidades Federativas, donde podrá verificar la
validez de los formatos de boletas de evaluación así como la veracidad de la
información registrada en ellos.
Sin duda es una herramienta esencial en los procesos de ingreso de los
menores a los planteles de educación básica en el país, por tal motivo la
Dirección General de Acreditación, Incorporación y Revalidación recomienda su
continua revisión a fin de asegurar que ninguna niña, niño o joven vea
obstaculizada la continuidad de sus estudios por el desconocimiento que los
formatos electrónicos de boletas de evaluación, se pueda tener en las escuelas.
CICLO ESCOLAR
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